Licencia de armas de Tipo F o para concurso

Este tipo de licencia nos permite tener armas de fuego para su uso en galerías y campos de tiro. Pueden ser armas cortas como pistolas o revólveres o largas como carabinas, escopetas o rifles con determinadas características descritas por la Guardia Civil y enfocadas a diferentes pruebas de tiro olímpico como tiro al plato, velocidad, precisión o recorrido. Lógicamente necesitamos superar ciertas pruebas teóricas y prácticas para obtener una licencia con una determinada vigencia.
¿Qué tipo de armas nos permite utilizar?
Como puedes ver en la imagen de arriba son armas de fuego especiales adaptadas en forma y peso para tener máxima precisión y comodidad. Existen numerosas pruebas olímpicas de tiro que puedes consultar aquí. La guardia civil dispone de un documento informativo en PDF Disposición 10779 del BOE núm. 147 de 2011 donde enumera las características de cada arma según la prueba.
Cada modalidad en las competiciones deportivas solo se puede realizar con armas de determinadas características. Por ejemplo en la prueba de pistola de velocidad podemos utilizar un arma corta de calibre 22 LR con un peso que va de 500 a 1400 gr. entre otros detalles. Existen pistolas, revólveres, carabinas, fusiles y escopetas enfocadas al tiro olímpico.
Condiciones, obligaciones, vigencia y características.
Estas licencias las entrega el director de la Guardia Civil. La licencia de tipo F la puede obtener cualquier español o extranjero con residencia, además debemos proporcionar un certificado de delegación o federación en el tiro olímpico. En principio no hay restricción de edad para este tipo de licencia, por ejemplo en la categoría de alevín hasta los 12 años se dispara con un soporte para aguantar el peso de la pistola . En España según la categoría de tirados podemos tener un número determinado de estas armas de fuego:
- Tirador de 1ª clase puede tener: 10 armas de fuego para competición..
- Tirador de 2ª clase puede tener: 6 armas de fuego para competición.
- Tirador de 3ª clase puede tener: 1 arma de fuego para competición.
Cabe destacar que la licencia sólo permite la adquisición de una solo arma de concurso, para las posteriores hay que pedir una correspondiente autorización. Solo podemos utilizar estas armas en los recintos habilitados para ello, como por ejemplo galerías y campos de tiro. La licencia se emite con una vigencia de 3 años, pasado este tiempo debemos solicitar una nueva. Debemos guardar estas armas en la federación o en nuestro domicilio dentro de una caja fuerte homologada y certificada para ello. Estamos obligados a presentar las armas siempre que lo pida un agente de autoridad, lógicamente debemos declarar el robo o perdida de las armas de competición.
Obtención y renovación del permiso F
En España la concesión y utilización de armas esta fuertemente regulada por la Guardia Civíl. Para poder obtener la licencia de Tipo F debemos superar una prueba teórica y practica donde la teoría es similar a Tipo D o Tipo E (para cazadores). La diferencia se encuentra por ejemplo en que en vez de presentar una licencia de caza debemos aportar un certificado de una federación de tiro. Es decir debemos aportar una prueba de que practicamos la modalidad de competición o tiro olímpico. Mas información sobre obtención.
Por lo demás el tramite es muy similar ya que debemos realizar un reconocimiento médico, aportar un certificado de antecedentes penales, pagar las tasas… etc. En principio no se puede renovar, solo podemos solicitar una nueva con la diferencia de que ya no tendremos que realizar las pruebas teórica y practica. Para más información oficial no dudes en visitar la web oficial de la Guardia Civil y si ves cualquier error déjanos un comentario.