Licencia de armas de Tipo E

La licencia de armas de Tipo E es la que necesitamos para poder utilizar las escopetas de caza en España.
Por ello quizás es la licencia más demandada en España. Si optáis por la licencia Tipo E, aquí tenéis información de cómo podéis hacerlo. También si necesitáis realizar el examen o la prueba, aquí tenéis el temario que os hará falta saber. En esta página os haremos saber todo lo relacionado con la licencia en sí misma y quizás un poco más adelante otros trámites de obtención y renovación.
Este permiso sólo lo pueden obtener mayores de edad. Lo pueden obtener extranjeros que tengan residencia en nuestro país. El número permitido son solo 12 unidades.
¿Que armas podemos manejar con este tipo de licencia?
Según nos informan desde la página web oficial de la Guardia Civil, podemos tener armas de categoría 3 y dentro la categoría 7 las que están clasificadas en el punto 7.2 y 7.3. Es decir las ballestas y las armas para lanzar cabo. Como resumen son las que se utilizan generalmente para caza menor o tiro deportivo:
Armas de categoría 3:
- Armas de fuego largas rayadas de tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (22 americano), de percusión anular, de un disparo, de repetición o semiautomáticas.
- Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa (o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo), que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza. No incluidas en las armas de guerra.
- Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.
Esta es la categoría deseada por prácticamente la totalidad de cazadores orientados a la caza menor, así como los que practican el tiro deportivo.
Armas de categoría 7:
Dentro de esta categoría con la licencia de Tipo E podemos utilizar las siguientes armas. Como muy bien indican en los comentarios dentro de esta categoría también se clasifican fusiles para pesca submarina o los arcos que están exentos. Es decir no tienes que sacar esta licencia para poder utilizarlos.
- Las ballestas.
- Las armas para lanzar cabos.
¿Cuál es la diferencia frente a permiso de Tipo D?
Dentro de las licencias de caza tenemos la posibilidad de licencia de Tipo E y D. La diferencia es que la de Tipo D es para armas de caza mayor, es decir es mucho más restrictiva aunque la dificultad para conseguirla es la misma. Solo nos ampara la posesión de 5 armas de fuego de categoría 2.2. (Armas de fuego largas rayadas). Además debemos guardar las mismas en una caja fuerte que reúna unas condiciones especiales de seguridad.
Por lo demás, la vigencia, obtención o renovación es prácticamente la misma. Tan solo en el caso de Tipo D necesitamos proporcionar una declaración jurada de que guardamos las armas en una caja fuerte o de seguridad. Para más información puedes consultar en la web oficial de la Guardia Civil. Podéis utilizar los comentarios para añadir más información, corregir y opinar.