¿Cómo obtener el permiso de armas?

Obtener permiso de armas

 

Cómo es de público conocimiento ninguna persona, ya sea ciudadano español o extranjero, puede en territorio hispano portar o poseer un arma de fuego sin contar con la debida autorización, pero antes de nada debe obtener la misma. De modo que si tiene usted la oportunidad de participar de un campeonato de caza, deberá presentarse obligatoriamente en el cuartel de la Guardia Civil en el que se halle empadronado con su permiso de caza en el coto elegido. Tendrá luego que someterse a una serie de exámenes hasta conseguir la habilitación correspondiente.

A continuación, le brindamos un detalle de los diferentes tipos de licencias:

  • Licencia tipo B: comprende a las denominadas armas cortas, es decir, pistolas y revólveres.
  • Licencia tipo C: armas de vigilancia y guardería.
  • Licencia tipo D: armas largas rayadas para caza mayor.
  • Licencia tipo E: armas para tiro deportivo y escopetas de caza.
  • Licencia tipo F: armas para uso en campos, polígonos y galerías de tiro.

Los pasos a seguir para obtener, por ejemplo, una licencia tipo E y D son:

1. Gestionar una licencia de caza en la Consejería de Medio ambiente (En el enlace tienes la de Andalucía) del lugar elegido para ir de cacería. Las armerías suelen resolver parte de estas cuestiones por usted.

2. Con este documento en su poder, tendrá que presentarse en el cuartel de la Guardia Civil para un examen teórico-práctico. Este comprenderá alrededor de 100 preguntas que deberá estudiar concienzudamente, relacionadas al manejo de las armas. Para avanzar en esta etapa, deberá completar un formulario con su información personal, es decir nombre, apellido, domicilio y clase de licencia. Preste atención a las fechas, pues este examen se toma una o dos veces al mes.

3. Ya preparado, será el momento de rendir y superar el examen. Deberá en principio aprobar la parte teórica de la prueba, contestando correctamente 15 preguntas. La parte práctica requiere de su habilidad y puntería: tendrá que realizar dos disparos a una diana colocada a una distancia de 25 metros.

4. Superada esta instancia, le extenderán una notificación en la que confirmarán su aptitud para el manejo del arma en cuestión. Este documento será presentado en la Guardia Civil junto a:

  1. DNI original.
  2. Constancia de antecedentes penales (puede gestionarlo en el mismo cuartel).
  3. Justificativo de empadronamiento en la localidad correspondiente.
  4. Certificado de aptitud psicofísica expedido por un centro de salud acreditado.
  5. Constancia de inscripción en el coto de caza seleccionado.
  6. Pago de tasas (de acuerdo al tipo de licencia).

Una vez con su licencia de arma y su licencia de cazador en mano, podrá dirigirse a la armería para adquirir el arma que contempla la licencia solicitada.

La ley prescribe que en casos de armas de caza mayor (tipo D), estas deberán guardarse bajo llave en un armario. Lo recomendable es que, una vez en su casa, desmonte su arma y la separe de los cartuchos.

Como normas generales ha de destacarse que toda persona que porte un arma debe ser capaz de controlarla en todo momento. De ninguna manera debe esta significar un peligro, ni causar daños o molestias a quienes se encuentren próximos ni a sus bienes. Cuando las condiciones psicofísicas no sean las adecuadas, las personas no podrán portar un arma ni poseer una licencia.

Vigencia del permiso de armas

Las licencias tipo E tienen una duración de cinco años, siempre y cuando se mantengan los requisitos que dispone el Reglamento de Armas para su concesión. Estos pueden ser comprobados en cualquier momento por el organismo que tenga competencia en estos asuntos. Una vez vencida la licencia, deberá usted acudir nuevamente a la Guardia Civil para su renovación. Deberá presentar un nuevo certificado psicotécnico y, por supuesto, su documento nacional de identidad. Para renovar el permiso de armas, puede dirigirse aquí.