La licencia de armas necesaria para la pertenencia de armas destinadas al tiro deportivo así como para las escopetas de caza se corresponde a las licencias E y D, requeridas ambas para la tenencia y empleo de las armas dedicadas a este fin y que se encuentran en la categoría tercera y séptima, tal y como se regula en el Boletín Oficial del Estado.
En la actualidad, aquellos que vayan a solicitar por primera vez la licencia, tendrán que superar una prueba teórica, cuyo temario podéis ver aquí, y otra práctica. La prueba teórica pretende comprobar el conocimiento que se posee sobre las armas y su reglamento; la prueba práctica es necesaria para verificar las habilidades manejadas con respecto a la habilidad para emplear adecuadamente las armas. Será requisito indispensable haber obtener la calificación de “apto” para poder pasar a la prueba práctica, que también deberá ser calificada como “apto” para poder continuar con el trámite y que se desarrollaría en un periodo de seis meses como máximo tras haber superado la prueba dedicada a comprobar los conocimientos teóricos.
Si ya se dispone de licencia de armas, es necesario conocer el hecho de que el permiso debe renovarse cada cinco años, por lo que cuando este se encuentre próximo a caducar, el interesado deberá solicitar una nueva concesión para renovar su permiso y que podrá realizar tanto en las oficinas de la Guardia Civil como a través de su sede telemática (https://sede.guardiacivil.gob.es/ciudadano/inicio). Si posee certificado electrónico o DNI digital, sin duda el sistema ofrecido por la plataforma será la mejor opción dada la comodidad que ofrece al poder realizar el trámite de forma sencilla desde su ordenador y en su propio domicilio. Este proceso es seguro y está autenticado para la tranquilidad del ciudadano.
Parece también necesario subrayar que los solicitantes podrán solicitar autorizaciones temporales para poder emplear sus armas con un periodo de validez de tres meses mientras se termina de completar el trámite.
Para poder renovar el permiso, los interesados simplemente deberán presentar la solicitud en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Será posible también la realización del trámite de forma telemática a través de la citada sede. Si se opta por el trámite presencial, el documento requerido para este fin se puede descargar desde el sitio web de la Guardia Civil (http://www.guardiacivil.es/es/). Junto a esta solicitud, se debe anexar la siguiente documentación:
Se debe tener en cuenta que al ser renovación de licencia, algunos documentos no le serán solicitados. No obstante, deberá comprobarlo y consultarlo previamente para evitar que algún documento le sea solicitado más tarde, retrasando la obtención del permiso.
En último lugar, ya para concluir, lo primero que se debe hacer es el examen médico que confirme que el interesado es apto para la renovación de la licencia. Después, deberá aportar dos fotografías tamaño carné y entregar todos los documentos señalados a través de las vías anteriormente indicadas. Una vez realizados estos pasos, obtendrá la renovación de su licencia para seguir disfrutando de los deportes cinegéticos de su interés y que tendrá una vigencia de cinco años.
Haber como es la renovación de mi permiso de armas.
Escrito por jose andres llopis simo | enero 8, 2013, 10:37 amPues dependiendo del permiso que tengas… de momento online o telematicamente no puede ser, pero falta poco. Los centros de certificados médicos te pueden ayudar. Un saludo!
Escrito por Redacción | febrero 6, 2013, 8:03 pm